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15 de octubre de 2012

Normativa Rural

Una simple comunicación de inicio de actividad es ahora el único requisito para comenzar a gestionar un alojamiento rural. Hasta ahora era necesaria una autorización administrativa que en algún caso tardaba en llegar. Esta decisión se recoge en un decreto para la ordenación y clasificación de turismo rural. También se establecen los requisitos que deben cumplir los alojamientos rurales de todo tipo.

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Para considerarse alojamiento de tipo rural, deben tener una construcción con características particulares, situados en el campo o en poblaciones con menos de 10.000 habitantes y no podrán superar los tres pisos de altura. En cuanto a precios, se dará libertad pero tendrán que comunicar las tarifas a la Consejería de Turismo.

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